Decreto 8.
938 Pág.
1
Observación: La presente Ley fue enviada al Tribunal
Supremo de Justicia (TSJ), para que realice la revisión y
calificación respecto de la constitucionalidad del carácter
orgánico.
Decreto Nº 8.
938 30 de abril de 2012
HUGO...
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Decreto 8.
938 Pág.
1
Observación: La presente Ley fue enviada al Tribunal
Supremo de Justicia (TSJ), para que realice la revisión y
calificación respecto de la constitucionalidad del carácter
orgánico.
Decreto Nº 8.
938 30 de abril de 2012
HUGO CHAVEZ FRIAS
Presidente de la República
Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor
eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del
socialismo y el engrandecimiento del País, basado en los
principios humanistas y en las condiciones morales y éticas
Bolivarianas, por mandato del pueblo y en ejercicio de las
atribuciones que le confiere el numeral 8 del artículo 236 de la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y de
conformidad con lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 1° de
la Ley que Autoriza al Presidente de la República para dictar
Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley en las Materias que
se delegan, en Consejo de Ministros.
DICTA
El siguiente,
DECRETO CON RANGO
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